Inseguretat al volant

Un veí es queixa de les suposades infraccions de les lleis de remodelació de circulació a les obres d’Avinguda de la Ribera

Les obres les fa l'AMB sota la supervisió dels tècnics municipals
Sergi Rodríguez

Tras la remodelación que se está efectuando en la Avinguda de la Ribera, no se ha efectuado, por parte de este consistorio, una revisión de si lo realizado cumple con la legalidad, habiendo abierto a la circulación la calzada y ocasionando problemática con la misma, esta se debe a que no cumplen con las medidas aconsejadas, y causan en los vehículos diferentes daños, os paso la normativa la cual creo que incumplen para que, vosotros que podéis documentarla y ampliarla, hagáis una información sobre ella.

La orden del Ministerio de Fomento regula dos tipos de badenes:

1) Paso de peatón sobreelevado o de sección trapezoidal. Para que sea legal, debe medir de seis a nueve metros de lado a lado, siendo cuatro de esos metros para la parte superior y plana del resalto. Este margen depende de la velocidad a la que se circule por esa calzada en concreto. De manera que si la velocidad habitual es de 30 km/h, la parte inclinada debe medir un metro. Si se circula a 40 km/h, esa parte debe medir un metro y medio y dos metros y medio si se circula a 50 km/h. Por otra parte, este tipo de badén no puede poseer una altura mayor a los 10 cm (como altura máxima) y la medida del borde de entrada no debe ser superior a los cinco milímetros.

2) Lomo de asno o de sección circular. Este no se utiliza como paso de peatones y está elaborado de caucho o de material plástico duradero. Puede medir hasta cuatro metros de largo y nunca sobrepasar los seis centímetros de altura en su punto central. También deben poseer un borde de entrada inferior a los cinco milímetros.

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